Gestión fiscal

Informe de la situación de los bienes inmuebles (SF-429)

Como se describe en la Guía de las instalaciones ACF-IM-HS-17-01, todos los concesionarios, incluidos los que tienen bienes inmuebles no cubiertos, que utilicen y envíen el formulario estándar (SF, sigla en inglés) Informe de la situación de los bienes inmuebles 429. Acceda al Archivo de los formularios de grants.gov (en inglés) para obtener las versiones más recientes de los formularios a continuación. 

  • Instrucciones para SF-429
  • SF-429-A (Informe general; incluye portada)
  • SF-429-B (Solicitud para adquirir, mejorar o equipar; incluye portada)
  • SF-429-C (Solicitud de disposición o gravamen; incluye portada)

El estado de los bienes inmuebles adquiridos, construidos o sujetos a renovaciones significativas, pagados total o parcialmente con fondos federales de Head Start y los bienes inmuebles que se declaran como contrapartida de una subvención de Head Start deberán indicarse anualmente en los formularios SF-429 y SF-429-A. Por favor, lea detenidamente las instrucciones del formulario SF-429 provistas por la Oficina de Gerencia y Presupuesto (OMB) para comprobar que completó con exactitud todos los formularios requeridos. A continuación se describe cada formulario:

Formularios requeridos SF-429

  • La portada del SF-429 debe ser presentada anualmente por todos los concesionarios y acompañar todos los informes y solicitudes.
    • Contiene la información sobre el beneficiario (el concesionario) y debe presentarse junto con los formularios SF-429-A, SF-429-B o SF-429-C.
    • Utilice la sección de comentarios (artículo 9) para indicar que no hay bienes inmuebles (según se definen más arriba) sobre los cuales sea preciso informar; para identificar los bienes inmuebles que no hayan cambiado de estado y para informar sobre las parcelas que hayan experimentado algún cambio. Se requieren anexos adicionales únicamente en los casos en que no se hayan presentado antes informes sobre los bienes inmuebles, o las parcelas hayan sufrido cambios.
  • El SF-429-A, Informe general, el concesionario debe presentarlo anualmente en la misma fecha en que debe presentar el primer informe financiero definitivo sobre fondos federales SF-425 correspondiente al periodo presupuestario respectivo.
    • Se requiere una hoja aparte para proveer los detalles de cada parcela, que incluirán los terrenos, edificios y unidades modulares. Debe incluirse información sobre cada parcela cuya compra, construcción o renovación significativa se realice utilizando los fondos de Head Start, según se definen en 45 CFR 1309.3 y los bienes inmuebles que se declaren como contrapartida de una subvención de Head Start.
      • El término compra incluye la compra directa, la cuota inicial y el uso de fondos de Head Start para hacer pagos de la hipoteca (capital e intereses).
    • Los derechos federales sobre la propiedad creados por el uso de fondos de Head Start no terminan hasta que la Administración para Niños y Familias (ACF) los ceda. Frente a la palabra "From" (A partir de) que aparece en el artículo 13, los concesionarios deben escribir el periodo de financiamiento en el cual el gobierno federal comenzó a tener derechos sobre la propiedad, y frente a la palabra "To" (A) deben escribir "Hasta que ACF ceda los derechos".
  • El SF-429-B, Solicitud para adquirir, mejorar o amueblar debe presentarse junto con la información adicional exigida por 45 CFR Parte 1309 siempre que el concesionario solicite la aprobación de la ACF para utilizar fondos de Head Start para la compra, construcción o renovación significativa de las instalaciones a la que se refiere 45 CFR Parte 1309.
    • En la solicitud a la que se refiere la Parte 1309 de 45 CFR se puede hacer referencia a la información incluida en el formulario SF-429-B.
    • El valor calculado (avalúo) requerido en el artículo 14f debe ser proporcionado por un perito tasador de bienes inmuebles independiente que tenga licencia o esté certificado por el estado en que se encuentra la propiedad.
  • El SF-429-C, Solicitud de disposición o gravamen debe presentarse en la liquidación y siempre que un concesionario esté buscando la aprobación de ACF para vender, traspasar o gravar los bienes en los cuales tenga derechos el gobierno federal, lo cual comprende la refinanciación de deudas existentes y la subordinación de los derechos del gobierno federal a los derechos de un prestamista.
    • SF-429-C implementa los requisitos para los concesionarios que formulen solicitudes relativas a la enajenación de bienes inmuebles a los que se hayan referido antes las secciones 45 CFR §74.32 y 45 CFR §92.31. La versión final de los reglamentos provisionales del Departamento de Salud y Servicios Humanos sobre administración de subvenciones aborda la enajenación de bienes inmuebles en la sección 45 CFR §75.318.
    • En el artículo 14a se le pide al concesionario que indique una preferencia en lo que atañe a la enajenación; sin embargo, la decisión definitiva sobre el método de enajenación de propiedades en las cuales tenga derechos el gobierno federal corresponde a ACF, quien se la comunicará al concesionario mediante instrucciones escritas de enajenación.
    • Un perito tasador de bienes inmuebles independiente que tenga licencia o esté certificado por el estado en que se encuentra la propiedad debe proporcionar el avalúo que requiere el artículo 14e.
    • Las solicitudes de subordinación se inician utilizando el formulario SF-429-C. Estas solicitudes se deben identificar en el artículo 14i y deben estar acompañadas del contrato de subordinación propuesto, el cual debe cumplir los términos y las condiciones descritos en 45 CFR §1309.21 y 45 CFR §1309.22.
    • El Memorándum de Información ACF-IM-HS-12-08 permanece en vigencia y establece un proceso simplificado para la enajenación de las unidades modulares más antiguas que se definen en él.
    • El formulario SF-429-C se exige siempre que los bienes inmuebles en los cuales tenga derechos el gobierno federal se comprometan como garantía de un préstamo o una hipoteca. La constitución de bienes en garantía incluye el financiamiento para la compra en curso, como una hipoteca a largo plazo, y cualquier uso de la propiedad como garantía para préstamos futuros, tales como líneas de crédito o refinanciación de la deuda existente.