U.S. Department
of Health and Human Services
ACF
Administration for Children and Families
Memorando de Información
A: Agencias de Head Start para Indios Estadounidenses y Nativos de Alaska
Tema: Elegibilidad para Head Start de los Indios Estadounidenses y Nativos de Alaska (AIAN) a través del TANF tribal
La Oficina de Head Start (OHS) administra los programas Head Start para AIAN en colaboración con las tribus. Mediante una relación de nación a nación, la OHS se involucra regularmente con las tribus para comprender las circunstancias especiales de los programas Head Start para AIAN y para apoyar la soberanía tribal. Durante las consultas regulares, los líderes tribales y los administradores tribales del programa Head Start han indicado que las tribus deben tener poderes discrecionales para determinar qué niños son elegibles y deben tener prioridad para los servicios de Head Start. La OHS confirma que las tribus, en la mayor medida de lo posible y de conformidad con la Ley de Head Start, deben determinar la elegibilidad para Head Start y qué niños se beneficiarían más de los servicios de Head Start. Este Memorando de Información (IM, sigla en inglés) explica cómo los programas AIAN pueden sacarle el mayor provecho al criterio de elegibilidad existente para matricular a más niños de las tribus, lo cual amplía el control tribal y la toma de decisiones para determinar a qué niños ofrecer servicios de Head Start.
Específicamente, este IM les recuerda a los programas Head Start para AIAN que, si las familias son elegibles para beneficios y servicios financiados por el TANF tribal, también cumplen con los requisitos categóricos de elegibilidad para Head Start. El Congreso estableció los criterios de elegibilidad de Head Start en la Sección 645(a)(1)(B)(i) de la Ley de Head Start para incluir a las familias con ingresos iguales o inferiores al nivel federal de pobreza y a las familias que son elegibles para recibir asistencia pública. Las familias elegibles para recibir asistencia pública son categóricamente elegibles para los servicios de Head Start. Las asignaciones de elegibilidad categórica consideran las circunstancias de la familia en lugar de los ingresos para determinar la elegibilidad para Head Start. Los niños sin hogar, los niños en cuidado adoptivo temporal y las familias que reciben, o son elegibles para recibir, asistencia pública, como Seguridad de Ingreso Suplementario, Programa de Asistencia Nutricional Suplementaria o TANF son elegibles para los servicios de Head Start únicamente sobre la base de estas circunstancias. Si bien las orientaciones de este IM no crean nuevas políticas, la OHS considera que las orientaciones previas emitidas sobre la elegibilidad para el TANF no han abordado explícitamente los beneficios y servicios del TANF tribal, además de la asistencia en dinero en efectivo, como un medio para la elegibilidad de Head Start.
Como los gobiernos tribales tienen flexibilidad para determinar la elegibilidad para el TANF tribal, y debido a que estos administran los programas Head Start para AIAN, están en una posición privilegiada para aprovechar el TANF como un medio para la elegibilidad categórica por asistencia pública. La Administración para Niños y Familias (ACF, sigla en inglés) les recuerda a las tribus que administran el TANF tribal y el Head Start para AIAN que pueden determinar cuáles son los miembros tribales y otras personas elegibles para el TANF tribal (incluidos todos los beneficios y servicios del TANF, no solo la asistencia en dinero en efectivo) que son elegibles para matricularse en el programa Head Start para AIAN. Tenga en cuenta que este enfoque no garantiza la matrícula de un participante en el TANF tribal en un programa Head Start, ya que los programas deben cumplir con sus criterios de reclutamiento y selección para asegurarse de que priorizan la matrícula de aquellos que pueden beneficiarse más de los servicios de Head Start.
Descripción general de la elegibilidad de Head Start para AIAN y la necesidad de que exista una orientación sobre las políticas
Los programas Head Start para AIAN son operados por gobiernos tribales, universidades tribales o agencias tribales. Entre la población elegible para Head Start están las mujeres embarazadas[1] y las familias con un niño desde el nacimiento hasta los 5 años. La Ley de Head Start permite que hasta el 49 % de la matrícula de un programa Head Start para AIAN esté compuesta por personas matriculadas que se ajustan al criterio de elegibilidad con ingresos superiores al límite si 1) todas las mujeres embarazadas o niños elegibles que desean matricularse y proceden de familias indígenas y no indígenas que viven dentro del área de servicio aprobada reciben servicios, y 2) la tribu tiene recursos dentro de su subvención para matricular a mujeres embarazadas o niños cuyos ingresos familiares exceden las pautas sobre bajos ingresos o que no son elegibles por otros motivos. Un mínimo del 51 % de la matrícula en el programa para AIAN debe estar compuesta por familias elegibles por ingresos, niños sin hogar, niños en cuidado adoptivo temporal o familias que reciben, o son elegibles para recibir, asistencia pública. Las familias que reciben, o son elegibles para recibir, el TANF tribal, contarían para el mínimo del 51 % de las familias elegibles por ingresos, independientemente de sus ingresos reales. Comprender la elegibilidad para el TANF tribal y su relación con la elegibilidad para Head Start les da flexibilidad a las tribus para tomar decisiones sobre la matrícula en Head Start de los destinatarios de subvenciones de Head Start para AIAN.
Descripción general del TANF tribal
El TANF tribal les da a las tribus indígenas reconocidas por el gobierno federal la capacidad de solicitar y recibir financiamiento para operar sus propios programas del TANF. Cuando el Congreso estableció el programa TANF en la Ley de Responsabilidad Personal y Oportunidad de Trabajo, Ley Pública 104-193, reconoció que las tribus son las más indicadas para diseñar programas TANF para las poblaciones a las que ofrecen servicio. Desde el 2022, hay 75 programas de TANF tribales aprobados que ofrecen servicio a más de 280 tribus y aldeas de nativos de Alaska reconocidas por el gobierno federal.
Las tribus reciben financiamiento federal en forma de subvención en bloque para diseñar y operar programas de TANF tribales y pueden usar sus fondos de TANF de manera razonablemente calculada para lograr los siguientes cuatro propósitos del TANF:
Proporcionar asistencia a las familias necesitadas para cuidar a los niños en sus propios hogares o en los hogares de familiares. Poner fin a la dependencia de los padres necesitados promoviendo el empleo, el matrimonio y la preparación para el trabajo. Prevenir y reducir la incidencia de embarazos fuera del matrimonio. Fomentar la formación y el mantenimiento de familias biparentales.
Los TANF tribales pueden ofrecer asistencia directa en dinero en efectivo a las familias necesitadas. Debido a que la asistencia en dinero efectivo del TANF se proporciona a cada familia por separado, es la forma más fácil de documentar y, por lo tanto, el tipo de asistencia de TANF que con mayor frecuencia se considera para la elegibilidad de Head Start. Sin embargo, las subvenciones en bloque para el TANF tribal financian muchos otros servicios que promueven uno o más propósitos del TANF. Los fondos del TANF tribal brindan apoyo para una amplia gama de beneficios y servicios, además de asistencia en dinero en efectivo, incluidos, entre otros, capacitación de la fuerza laboral, orientación, administración de casos, transporte, prevención del embarazo en adolescentes y educación sobre un matrimonio saludable. Las familias con un niño desde el nacimiento hasta los 5 años, o las mujeres embarazadas que son elegibles para cualquier beneficio y servicio del TANF tribal también pueden ser elegibles para Head Start porque son elegibles para la asistencia pública del TANF.
Las tribus tienen una gran flexibilidad en el diseño e implementación del programa TANF tribal, incluida la definición de elementos de su programa, como la elegibilidad, el área de servicio y la población de servicio (p. ej., todas las familias indígenas en el área de servicio o solo los miembros inscritos de la tribu), y la naturaleza de los beneficios y servicios que ofrecen. Los beneficios y servicios del TANF que cumplen con los propósitos uno y dos descritos anteriormente se limitan a las familias "necesitadas", y las tribus tienen amplios poderes discrecionales para establecer los estándares que determinen qué familias son necesitadas. Además, los beneficios y servicios relacionados con los propósitos tres y cuatro del TANF no se limitan a aquellos que están necesitados. La flexibilidad inherente a un TANF tribal para establecer criterios de elegibilidad es particularmente relevante para esta orientación de las políticas y sus implicaciones a la hora de determinar la elegibilidad para Head Start para AIAN.
Implementación de la orientación de las políticas
Los gobiernos tribales deben cumplir con los requisitos de Head Start para determinar, verificar y documentar la elegibilidad cuando implementen esta orientación de las políticas. La Norma de Desempeño del Programa Head Start (HSPPS, sigla en inglés) 45 CFR §1302.12(i)(2) requiere documentación de la agencia de asistencia pública estatal, local o tribal que demuestre que la familia recibe asistencia pública o es elegible para recibir asistencia pública. Debido a que Head Start requiere documentación de elegibilidad para la asistencia pública, las tribus deben determinar el proceso para elegir la documentación más adecuada para su población en específico. Los programas AIAN también deben cumplir con los requisitos de edad en 1302.12(b) y mantener criterios para priorizar la matrícula de los niños que más se beneficiarían de los servicios de Head Start.
Cualquier enfoque adoptado por las tribus también debe alinearse con la elegibilidad para el TANF tribal como se indica en el plan del TANF tribal. Los gobiernos tribales deben revisar su plan TANF tribal para determinar quién es actualmente elegible para los beneficios y servicios del TANF y pueden enmendar el plan si es necesario con el fin de que refleje las decisiones de la tribu sobre quién debe ser elegible para los beneficios o servicios del TANF. Por ejemplo, si el plan actual del TANF tribal no incluye a todas las familias de un niño desde el nacimiento hasta los 5 años como elegibles, y las tribus desean ampliar la elegibilidad a todas esas familias, la tribu puede presentar una enmienda al plan del TANF. Una vez que el plan del TANF tribal ha sido aprobado, la tribu tiene poderes discrecionales sobre el proceso que sigue para documentar la elegibilidad para el TANF tribal y sobre cómo va a comunicar esa elegibilidad a los programas y familias de Head Start para AIAN. En los párrafos siguientes se ofrecen detalles adicionales sobre la documentación y la comunicación a las familias de AIAN.
La ACF recomienda algunos enfoques que pueden considerarse, entre ellos:
- Utilizar el plan del TANF tribal como documentación. Si el plan actual del TANF tribal ha definido sus criterios de elegibilidad para incluir a todas las familias con un niño desde el nacimiento hasta los 5 años como elegibles para la asistencia en dinero en efectivo, los beneficios o los servicios del TANF, eso significa que estas familias se consideran elegibles para la asistencia pública y, por lo tanto, elegibles para los servicios de Head Start. Dado que el plan del TANF tribal es emitido por la agencia tribal de asistencia pública, el programa Head Start podría incluir una copia de este plan del TANF tribal, o la sección específica que indica la elegibilidad de un niño, en el archivo de cada niño matriculado para satisfacer la documentación de elegibilidad de Head Start. O la tribu podría formular una declaración de una página que confirme su determinación de que todos sus miembros sean elegibles para los beneficios o servicios del TANF y, por lo tanto, cumplen con los requisitos de elegibilidad para los servicios de Head Start, y esa declaración podría incluirse en el archivo de cada niño matriculado.
- Emitir una carta para comunicar la elegibilidad a las familias de AIAN y usarla como documentación. Las tribus tienen poderes discrecionales para determinar cómo puede ser el proceso de emisión de una carta. Ofrecemos varios enfoques que puede considerar:
- Las oficinas del TANF tribal podrían considerar enviarles una carta a todas las familias que reciben o son elegibles para recibir beneficios o servicios del TANF tribal notificándoles que son elegibles para los servicios de Head Start.
- Las oficinas del TANF tribal podrían considerar enviarles una carta directamente a todos los programas Head Start para AIAN indicando que todas las familias con niños menores de 5 años son elegibles para los beneficios o servicios del TANF tribal y, por lo tanto, son elegibles para los servicios de Head Start.
- Las tribus podrían tener una plantilla de una carta en el sitio del programa Head Start y completarla durante el proceso de admisión, incluido el nombre del niño cuya familia está recibiendo o es elegible para recibir beneficios o servicios del TANF. Después de completar la plantilla con el nombre del niño, el programa AIAN llevaría la carta a la oficina del TANF tribal para firmarla.
- Las tribus podrían alentar a las familias de la población tribal que recibe servicios del TANF a buscar por sí mismas la documentación en la oficina del TANF tribal que indique que reciben, o son elegibles para los beneficios o servicios del TANF tribal y, como tales, son elegibles para los servicios de Head Start.
Si una tribu decide enviar una carta, independientemente del proceso que elija, la carta debe incluir el nombre del beneficiario, el nombre de la tribu y la confirmación de que el beneficiario recibe o es elegible para recibir beneficios o servicios del TANF tribal, según el plan del TANF tribal. La carta debe ser emitida por la agencia de asistencia pública estatal, local o tribal. Incluir una copia de esta carta en el expediente de cada niño matriculado satisfaría los requisitos de documentación de elegibilidad de Head Start.
Utilizar el plan del TANF tribal para extender la elegibilidad de Head Start a las familias de AIAN reduce la carga de las familias que navegan por múltiples procesos de elegibilidad de programas federales y apoya una mejor alineación y coordinación entre los programas federales.
Apoyo a la soberanía tribal y respuesta a la consulta tribal
Esta orientación de las políticas honra la soberanía tribal al explicar opciones adicionales para determinar qué miembros tribales se benefician más de los servicios de Head Start. En la consulta tribal de gobierno a gobierno con funcionarios del HHS, los líderes tribales han solicitado la elegibilidad categórica para los miembros tribales. Si bien la elegibilidad categórica para los miembros tribales requeriría un cambio estatutario, estas orientaciones buscan sacar el máximo provecho a la autoridad estatutaria existente para avanzar hacia esa meta.
La meta de este IM es apoyar a las tribus para maximizar la matrícula de familias tribales en los programas Head Start para AIAN. Los programas para AIAN de la Región XI brindan servicios esenciales para abordar las necesidades únicas de los niños y las familias tribales, incluida la preservación del idioma y la cultura.
Los programas deben comunicarse con su oficina de la Región XI si tienen preguntas sobre este IM.
Gracias por su labor en favor de los niños y las familias de Head Start.
Atentamente,
/ Khari M. Garvin /
Khari M. Garvin
Director
Oficina de Head Start
[1] El término "mujeres embarazadas" incluye a las personas embarazadas transgénero o no binarias, de conformidad con el ACF-IM-HS-22-02.
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